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Propone MC regular la Carta de No Antecedentes Penales
El diputado Eduardo Gaona, propuso delimitar casos donde se requiera el documento.
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El diputado Eduardo Gaona, propuso delimitar casos donde se requiera el documento.
Publicado
hace 3 añosel
Para evitar que se vulnere el derecho a la igualdad que garantiza la Constitución, el Diputado Eduardo Gaona presentó una iniciativa para precisar en la ley los casos en que se requiere la Constancia de No Antecedentes Penales.
“La ciudadanía al realizar trámites ante diversas instituciones o dependencias, tanto públicas como privadas, debe proporcionar distintos datos personales que quedan bajo resguardo de quien lo solicite. Entre estos datos podemos señalar el nombre, domicilio, fecha de nacimiento… Además, en algunos trámites (ante consulados, acceso a cargos o empleos públicos) se requiere la presentación de la Carta de No Antecedentes Penales”, explica Gaona en la exposición de motivos.
“Ante esta situación, consideramos que requerir la Carta de No Antecedentes Penales debe estar establecida específicamente en las disposiciones que al caso concreto se esté solicitando. Así, requerir este documento sin una justificación legalmente prevista se considera discriminatorio y vulnera el derecho a la igualdad, en contravención del Artículo 1° de la Constitución Federal”, añade.
La iniciativa presentada por el líder del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en el H. Congreso del Estado busca reformar el Inciso C de la Fracción IV y derogar el Inciso B de la Fracción IV, ambos del Artículo 27, de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
“El derecho humano a la privacidad se ha tornado relevante ante las actividades cotidianas, por lo que requerir la Carta de No Antecedentes Penales se torna en una invasión a los datos personales de la ciudadanía”, señala Gaona.
“(Además) no deben ser condicionantes los antecedentes de la persona para el ejercicio de los derechos humanos reconocidos constitucionalmente”, agrega.
REQUISITO EN EMPRESAS
En Nuevo León, durante mucho tiempo se solicitó la Carta de No Antecedentes Penales como requisito para ser contratado en las empresas o las dependencias de Gobierno. De no contar con ella, las personas no eran contratadas, aunque contaran con experiencia, conocimientos o habilidades para desempeñar el cargo, esto sin existir legislación expresa que lo justificara.
En el 2018, Nuevo León se convirtió en el primer Estado en eliminar la Carta de No Antecedentes Penales como requisito para conseguir un empleo, mediante un acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado el 17 de enero del año señalado.
De acuerdo con ello, la Carta sólo se puede extender en los siguientes supuestos: cuando la soliciten las autoridades competentes para fines de investigación criminal, procesales o por requerimiento de autoridad judicial; cuando sea solicitada por ser necesaria para ejercer un derecho; en los casos específicos en los que la normatividad lo establezca como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; y cuando sea solicitada por una embajada o consulado de México o extranjeros.
En el caso de que sea solicitada por ser necesaria para ejercer un derecho, Gaona lo considera excesivo.
“El ejercicio de un derecho humano no puede estar supeditado a la vulneración de otro, en virtud del principio de interdependencia. Además, podría considerarse como una violación al derecho a la privacidad de los datos de la persona, tutelado por el Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que proponemos su derogación”, señala.
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