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Aprueban Diputados crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar

El Fondo de Pensiones para el Bienestar tendrá como objetivos recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados.

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El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de ordenamientos legales para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, tras un intenso debate entre legisladores de Morena y de otros partidos como el PAN, PRI y PRD.

Con 252 votos a favor, 212 en contra y cuatro abstenciones, los diputados aprobaron el polémico dictamen, que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar con recursos de las cuentas individuales de retiro no reclamadas por trabajadores de 70 años o más.

Aunque la discusión en lo particular sigue en el Pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen ya ha sido aprobado por Morena y sus aliados, reformando, adicionando y derogando diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, entre otras.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar tendrá como objetivos recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados, pudiendo establecerse aportaciones adicionales a su patrimonio.

Asimismo, brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para garantizar que los trabajadores de 65 años o más, cuya pensión sea igual o menor al monto equivalente al salario promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal en relación con la pensión obtenida conforme a las disposiciones aplicables. Este complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo y a las reglas determinadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y se aplicará a aquellos trabajadores que hayan iniciado su cotización a partir del 1 de julio de 1997, así como a quienes cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado bajo el régimen de cuentas individuales.

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