La Cámara de Diputados de México aprobó una reforma a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar como delito la aplicación de sustancias modelantes con fines estéticos que sean nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud. La reforma establece penas de cinco a ocho años de prisión para quienes realicen estos procedimientos sin autorización.
Con 436 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó el dictamen que adiciona los artículos 194 Ter, una fracción VII al artículo 198 y 463 Bis a la Ley General de Salud en este tema.
Según la reforma, se consideran dispositivos médicos con fines estéticos a los materiales o sustancias que modifiquen la anatomía o el aspecto del cuerpo humano. Queda prohibido el uso de silicona líquida, aceites minerales, aceites comestibles, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos y cualquier otra sustancia no apta para uso humano.
Esto incluye procedimientos quirúrgicos invasivos o no invasivos, como inyecciones o infiltraciones hipodérmicas. La Secretaría de Salud definirá las sustancias prohibidas.
La diputada María Clemente García, promotora de la reforma, señaló que unas 923 mil personas en México buscan este tipo de procedimientos cada año, principalmente mujeres. La reforma busca proteger la salud de quienes buscan embellecerse, garantizando que estos procedimientos sean realizados en establecimientos autorizados y por profesionales de la medicina.