En Sesión Ordinaria de Cabildo, el Ayuntamiento de Monterrey aprobó someter a consulta pública dos reglamentos municipales: se trata del que normará el Presupuesto Participativo de la capital de Nuevo León, para su expedición; y el segundo, para la reforma de dos artículos del Reglamento de la Administración Pública Municipal.
Con el fin de regular el Presupuesto Participativo de Monterrey, el pasado 20 de enero el presidente Municipal, Luis Donaldo Colosio Riojas y la Síndica Primera Lucy Beny Carlota Villarreal, presentaron la iniciativa de expedición de dicho reglamento.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Explicaron la necesidad de impulsar la Participación Ciudadana haciéndola accesible por medios electrónicos; crear una herramienta que incentive a la ciudadanía a participar a través de una plataforma abierta; y hacer de conocimiento de todos los ciudadanos el presupuesto municipal y participar en la toma de decisiones, mediante la presentación de propuestas y un sistema de votación para la asignación de recursos.
La consulta tendrá un plazo de 20 días hábiles luego de su publicación en el periódico Oficial del Estado y podrán participar los regiomontanos que cuenten con credencial para votar vigente.
El proyecto de reglamento estará a disposición de los interesados en las oficinas de la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Dirección de General de Gobierno y Asuntos Interinstitucionales de la Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, situada en el segundo piso del Palacio Municipal, en el horario de las 09:00 a las 16:00 horas. Asimismo, estará disponible en la Página Oficial de internet: www.monterrey.gob.mx
CONSULTA #2
La otra consulta se refiere a modificar los artículos 87 y 147 del Reglamento de la Administración Pública de Monterrey, para contemplar cuestiones de la Agenda para el Desarrollo Municipal como el diseño de acciones que permitan alcanzar resultados concretos y verificables, que el Titular de la Presidencia Municipal deba tener apoyo para mejorar las capacidades de gestión, seguimiento de indicadores y evaluación de resultados; y que las acciones encaminadas a la salvaguarda, protección y prevención en temas de plagas y enfermedades, se vea tutelada y contemplada desde el Reglamento de la Administración Pública Municipal, otorgándole la importancia que amerita para la ciudadanía.